El Pasaporte es el documento de identificación aceptado internacionalmente. Todas las personas que se encuentren fuera de su país tiene la obligación de contar siempre con su pasaporte vigente para identificarse, sin importar cual sea su condición migratoria.
La información que debe contener el pasaporte debe ser exacta y fiel a la información constan en los documentos requeridos para obtenerlo, lo cual está regulado en la Ley de Migración y su Reglamento (Decreto No. 529-99 y Decreto No. 732-99).
EL TRAMITE DE PASAPORTE ES ESTRICTAMENTE PERSONAL.
El interesado deberá presentarse al Consulado guatemalteco más cercano para realizar su trámite y llenar una solicitud.
A partir del 15 de diciembre de 1999 el Gobierno de Guatemala decidió emitir un nuevo pasaporte (libreta azul). Todas nuestras Embajadas y Consulados en el extranjero cuentan con el equipo necesario para extenderlo.
Cómo obtener un pasaporte
Solicitud:
La persona interesada deberá presentarse a las oficinas del Consulado o de la Embajada que le corresponda, en donde le solicitarán sus documentos de identificación e información personal, le tomarán una fotografía digital y registrarán su firma y sus huellas digitales.
Esta información es enviada vía Internet al centro de procesamiento de pasaportes ubicado en el Estado de Luisiana, Estados Unidos de América.
Requisitos:
- Mayores de edad (18 AÑOS)
- Certificado de Nacimiento en original y 2 fotocopias.
- Cédula de Vecindad en original y 2 fotocopias.
- Si en caso ya ha contado con pasaporte anterior, presentar éste y 2 fotocopias.
Emisión
- El pasaporte le será entregado dos (2) días hábiles después del día en que fue tramitado;
- El nuevo pasaporte tiene un valor de $65.00 ($50.00 emisión + $15.00 de envio).
- El valor del pasaporte podrá ser cancelado en efectivo, o con un giro bancario a nombre del Consulado de Guatemala.
Cuidados que debe tener con su pasaporte:
EL PASAPORTE ES EL DOCUMENTO RECONOCIDO INTERNACIONALMENTE, QUE LO IDENTIFICA COMO GUATEMALTECO EN EL EXTRANJERO. ES NECESARIO QUE LO GUARDE CUIDADOSAMENTE. LE RECOMENDAMOS QUE LEA Y CUMPLA LAS INDICACIONES DE LAS CONTRATAPAS DEL MISMO.
Importante: Si el interesado sí tramitó Cédula de Vecindad pero por alguna razón no la tiene consigo, deberá presentar: Certificación de Cédula: esta constancia se obtiene en la Municipalidad donde el interesado quedó inscrito como vecino.
La Certificación de Cédula puede ser tramitadas por un familiar o amigo en Guatemala.
Que hacer en caso de robo, hurto, extravío, de la libreta de pasaporte:
- El interesado deberá presentar inmediatamente la denuncia respectiva ante la autoridad compentente en el lugar donde fue extraviado, robado o hurtado el pasaporte.
- Posteriormente deberá presentar copia de dicha denuncia al Consulado de Guatemala más cercano para requerir un nuevo pasaporte o bien una licencia especial de viaje para retornar al país.
- Asimismo deberá presentar una fotocopia de la certificación de la Cedula de Vecindad y Partida de Nacimiento.
- Si en caso se careciera de Partida de Nacimiento y de Cedula de Vecindad, se sugiere contactar a la familia en Guatemala para que presenten los originales al Ministerio de Relaciones Exteriores, Dirección de Asuntos Consulares, para que los mismos sean enviados vía fax.
Menores de edad:
- Certificado de Nacimiento en original y dos fotocopias;
- Autorización de ambos padres, presentándose ambos con Cédula de Vecindad.
- Si fuere el caso de que uno de los padres hubiere fallecido se deberá presentar el Certificado de Defunción.
Importante: De acuerdo al Artículo 53 de la Ley de Migración, en caso de que uno de los padres no pudiera presentarse a hacer la gestión, el progenitor compareciente deberá acreditar el consentimiento del progenitor ausente, el que podrá hacer constar por medio de un documento firmado y legalizado. Si se encuentra en Guatemala, dirigirse al Ministerio de Relaciones Exteriores a la 2a. Av. 4-17, zona 10. Si está en el exterior, se deberá presentar a la Oficina Consular más cercana.