Proceres de la independencia de Guatemala
JOSE CECILIO DEL VALLE
12 Sep, 2004 - 10:12:00

Fue auditor de guerra y editor de "El Amigo de la Patria". Se inclinó por la independencia, pero con el criterio de solicitar previamente la opinión de las provincias. Fue el redactor del Acta de Independencia y el que le hizo más enmiendas. Fue diputado en el Congreso de México y representante de la Asamblea Nacional Constituyente en 1823.

PRESIDENTE DEL GOBIERNO FEDERAL DE C.A.
(20 de Octubre de 1824 A: 26 de Abril de 1825)

Nació en la ciudad de Choluteca, Honduras, ciudad del Pacífico, el 22 de noviembre de 1780. Su padre fue don José Antonio del Valle y doña Gertrudis Díaz. Sus primeros estudios los hizo en la Escuela Belén, en la ciudad de Guatemala, e hizo estudios de Filosofía, Derecho Civil y Canónico en la Universidad de San Carlos de Guatemala. Posteriormente, el 1 de septiembre de 1803, hizo el juramento acostumbrado para recibir el título de abogado. Por su dedicación al estudio se le conocía como "EL SABIO VALLE"

En 1812 contrajo matrimonio con la señorita Josefa Valero. Entre algunos de los cargos que se le atribuyen estan los de Diputado Interino de la Comisión Gubernativa de Consolidación en 1805 defensor de Obras Pías y censor de la Gaceta de la ciudad de Guatemala Asesor del Consulado de Guatemala en febrero de 1806 Fiscal del Juzgado de los Reales Cuerpos de Artillería e Ingeniería del Reino en 1809 toma posesión del cargo de diputado de la Junta Central de Provincia.

El 15 de Septiembre de 1821 redactó el Acta de Independencia, no dejando claras las ideas de una independencia definitiva y absoluta, sino simplemente una separación de la Corona Española.

Fué quien redactó el Decreto del 4 de Julio de 1829, impidiendo la pena de muerte a las personas que habían desempeñado altos cargos en el gobierno anterior.

Murió en el camino que conduce de la finca "La Concepción" a la capital donde lo llevaban para su curación, porque iba muy enfermo, pero cerca de la finca "El Corral de Piedra" expiró el 2 de marzo de 1834. El gobierno, al igual que en el Salvador, dispuso que todos los empleados vistieran de luto durante tres días la Asamblea decretó que durante tres días doblaran las campanas.


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