Los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, sujeto a las leyes y jamás superiores a ellas...
Por: Carlos Humberto Díaz
ch_diaz@hotmail.com

Debido a que se acercan las elecciones en mi país en el 2007, surge nuevamente, la confrontación entre los diferentes partidos políticos para poder gobernar con proyectos de nación basados en las diferentes ideologías políticas tradicionales: derecha, centro e izquierda que ponen en peligro el bien común constitucional.
En Guatemala, la lucha entre la derecha e izquierda por implantar un modelo político de vida, llevó a la nación a una guerra interna de 36 años que dividió a la población bajo la filosofía del: terror, el miedo, totalitarismo y militarismo. Los partidos políticos actuales, han olvidado el bien común objetivo y fin fundamental por la que fueron creados, en vez de profesionalizar sus postulados, ofrecen al elector una vulgar política de: división, enfrentamiento verbal, corrupción, estancamiento en el desarrollo integral de la sociedad y en especial, violación e incumplimiento constitucional de los Derechos de la persona humana:Protección a la persona. El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común.
La historia política de los gobiernos de Guatemala, se han debatido en una guerra interna entre militares y civiles políticos, imponiendo una democracia que enfrenta a la población entre la vida o la muerte y deja al Estado sin posibilidades de ser garante de la Nación: Es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y del derecho integral de la persona.
El Estado es un ente creado para el servicio de la Nación conjuntamente con sus tres Poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, más la Corte de Constitucionalidad; estas instituciones y sus funcionarios públicos no están sujetos a ninguna ideología militar o política, mucho menos al monopolio de los partidos políticos: El poder del pueblo. Su ejercicio está sujeto a las limitaciones señaladas por esta Constitución y la ley. Ninguna persona, sector del pueblo, fuerza armada o política, puede arrogarse su ejercicio.
El bien común objeto y fin de la Constitución de la República de Guatemala no permite la desigualdad en su desarrollo integral, el respecto a su dignidad como persona y el derecho que le permiten las leyes para ser libre y vivir en paz: En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derecho. El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil, tienen iguales oportunidades y responsabilidades. Ninguna persona puede ser sometida a servidumbre ni a otra condición que menoscabe su dignidad
Rescatar la moralidad y funcionalidad de la Constitución de la República de los partidos políticos, es deber de todo guatemalteco: los trabajadores del Estado están al servicio de la administración Esto incluye pública y nunca de los partidos políticos, grupo, organización o persona ajena (Art. 107) Esto incluye a los tres Poderes del estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, como la C.C.
La democracia administrativa constitucional, recupera el espíritu de servicio del funcionario público de carrera y promueve su profesionalidad y autonomía institucional (independencia política) para elegir internamente sus propias autoridades y presentarlas a las autoridades superiores para su aval; superando la imposición partidista de funcionarios de alto nivel en los Ministerios y Secretarias: A las relaciones del Estado y sus entidades descentralizadas o autónomas con sus trabajadores se rigen por la Ley de Servicio Civil , con excepción de aquellas que se rigen por leyes o disposiciones propias de dichas entidades. (Art. 108).
El monopolio de los partidos político con sus filosofías e ideologías políticas no tienen cabida en esta democracia administrativa constitucional ya que rescata la carrera del funcionario público de todos los niveles incluyendo los cargos de Presidente, Vicepresidente, diputados ministros y secretarios públicos: Los guatemaltecos tienen derecho a optar a empleos o cargos públicos y para su otorgamiento, no se atenderá más que a razones fundadas en méritos de capacidad, idoneidad y honradez (Art. 118).
La democracia Administrativa constitucional promueve:
1. El desarrollo económico y social integral: Es obligación del Estado orientar la economía nacional para lograr la utilización de los recursos naturales y el potencial humano, para incrementar la riqueza y tratar de lograr el pleno empleo y la equitativa distribución del ingreso nacional. (Art. 118)
2. El Proyecto de Nación Económico de corto, mediano y largo plazo con la iniciativa privada: empresarios e industriales, sindicatos, especialistas de la economía nacionales e internacional, como de las distintas universidades de país, banca nacional e internacional y representaciones sociales: Cuando fuere necesario, el Estado actuará completando la iniciativa y la actividad privada, para el logro de los fines expresados.
El Art. 119 e incisos a, b, c, d, e, f, g, h, i, j, k, l, m, n, deben ser estudiados por todas las esferas sociales especializadas en la economía de la nación para fundamentar el Proyecto de Nación de corto, mediano y largo plazo; tomando en cuenta los Bienes del Estado Art. 121. incisos: a, b, c, d, e, f, g, h.
Por: Carlos Humberto Díaz
ch_diaz@hotmail.com
Catedrático de teología y filosofía, Capacitador Independiente ante la Secretaria del Trabajo y Previsión Social Mexicano; Escritor de valores (religiosos, políticos y empresariales).