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Análisis Mensual de ASIES - JULIO 2001

ASUNTOS ECONÓMICOS

Nueva legislación tributaria

Entre el 25 y el 28 de julio, en sesiones extraordinarias, el Congreso de la República aprobó en un total de 9 leyes en materia fiscal. Estas incluyen reformas a códigos, incrementos al presupuesto de ingresos y egresos del Estado, aumento a tasas impositivas, creación de un nuevo impuesto, reformas a tres códigos, modificaciones a la Ley de contrataciones del Estado y un aumento a la bonificación incentivo de los trabajadores privados y del Estado. La siguiente tabla presenta las principales disposiciones aprobadas en materia presupuestaria y de impuestos.

Reformas aprobadas en julio 2001

Decreto del Congreso

Principales disposiciones aprobadas

Fecha de vigencia

DC 31-2001

Ampliación al presupuesto general de ingresos y egresos del Estado

Ampliación del presupuesto en Q2,035.9 millones. 3-8-2001
DC 32-2001

Reforma al DC 27-92, Ley del impuesto al valor agregado

Incremento de dos puntos porcentuales a la tasa impositiva, de 10 a 12%. 1-8-2001a
DC 33-2001

Ley de actualización de tarifas impositivas, de impuestos específicos y de ampliación de base imponible

Duplicación del impuesto específico a los vehículos marítimos y aeronaves.

Dolarización de las tasas específicas a las gasolinas y aumento a la tasa del bunker.

Eliminación de rebaja en la base imponible a automóviles importados de modelos 10 años atrás y más, y disminución en la rebaja a automóviles de 5-9 años atrás.

Inclusión de donaciones a iglesias y asociaciones de carácter religioso como deducciones de la renta neta del ISR.

3-8-2001
DC 34-2001

Reformas al DC 57-92, Ley de contrataciones del Estado

Ampliación del techo de licitación de Q200 mil a Q900 mil. 7-8-2001
DC 35-2001

Ley de timbre de control fiscal

Se establece un timbre de control fiscal a cigarrillos, bebidas alcohólicas destiladas, cerveza, otras bebidas fermentadas y bebidas gaseosas, de producción nacional o importadas. 1-10-2001
DC 36-2001

Ley de actualización de tarifas impositivas, de ampliación y regularización de la base imponible de algunos impuestos

Incremento en 1 punto porcentual a la tasa del IEMA, 2.5% a 3.5% del activo neto total, y de 1.25% a 2.25% de los ingresos brutos.

Regularización de la base del impuesto a cigarrillos y a la importación del gas licuado de petróleo para uso doméstico.

1-10-2001
DC 37-2001 Incremento a la bonificación incentivo mensual de los trabajadores del sector privado a Q250.b

Incremento a la bonificación mensual de los trabajadores permanentes y pensionados del Estado de Q200 a Q250.

Ampliación del presupuesto en Q55.9 millones.

6-8-2001

a La vigencia de la tasa impositiva anunciada por la SAT a partir del 1o de agosto de 2001 ha sido cuestionada a la luz del artículo 7, del Código Tributario que establece cuando una reforma de una norma tributaria se estableciere diferente cuantía o tarifa para uno o más impuestos, éstas se aplicarán a partir del primer día hábil del siguiente período impositivo, con el objeto de evitar duplicidad de declaraciones del contribuyente. Lo anterior implicaría que la nueva tasa del IVA se aplicaría a partir del 1o de septiembre del año en curso, aun cuando la reforma legal esté vigente a partir del 1o de agosto.

b La bonificación incentivo vigente era de Q161.40 para actividades agropecuarias y Q154.50 para actividades no agropecuarias, por lo que el incremento efectivo será de Q88.60 y Q95.50 respectivamente.

Con relación a éstas cabe hacer los siguientes comentarios.

Mismos resultados, procedimiento equivocado. Si bien estas reformas se afirma por el Ejecutivo ser el resultado del proceso de implementación del pacto fiscal, la forma en que fueron presentadas y aprobadas - así como el hecho mismo que no se hayan discutido iniciativas destinadas a dar cumplimiento a los demás compromisos del pacto -, hacen ver el abandono del pacto fiscal por parte del gobierno. Llama la atención como al finalizar el año 2000 el gobierno no solo cuestiona la validez del acuerdo político, sino que a través de sus acciones desarticula las mesas de negociación tributarias, y que un año después sea el pacto fiscal y las disposiciones del acuerdo las que evoquen las autoridades gubernamentales para justificar el incremento a los impuestos.

Límites a la disposición de recursos del Estado. Ante la falta de credibilidad en la utilización de los impuestos, una forma de generar aceptación en su incremento es a través de asignaciones específicas a áreas generalmente aceptadas como prioritarias por la sociedad. No obstante, este tipo de medidas limita la capacidad del gobierno en asignar recursos a proyectos de igual importancia, tal como lo es ahora la Estrategia de Reducción de Pobreza. Con la aprobación de un incremento de 2 puntos porcentuales a la tasa del IVA, son 5 de los 12 puntos recaudados los que cuentan por ley con destino específico.

Dolarizando las tasas impositivas. Las reformas aprobadas dolarizan las tasas específicas del impuesto a las gasolinas como una manera de mantener el valor del impuesto en el tiempo. No obstante, se considera innecesario su dolarización ya que con ello pareciera que el gobierno se cubriera ante posibles variaciones en el tipo de cambio que él mismo podría generar a través de su gestión macroeconómica. Una forma alternativa de mantener el valor real del impuesto es transformando la tasa específica a una ad valorem, de forma que la misma se ajuste a la variación de precios en el tiempo.

Incremento al monto de licitaciones del Estado. Ante los señalamientos de corrupción y falta de transparencia en el gasto pareciera no ser el mejor momento para incrementar más de tres veces los montos eximidos de los procesos de licitación del Estado. Existe justificación económica de su incremento por razones de contrarrestar los efectos inflacionarios en el tiempo, no obstante la coyuntura exige medidas simultáneas que garanticen una mejor utilización de los recursos por parte del Estado y no solo le otorgo mayores facilidades para hacer uso de ellos.

Mayores cargas al sector empresarial nacional. El incremento en la bonificación incentivo otorgada a los trabajadores del sector privado en más de 50%, aunado a un incremento a la tasa impositiva del IEMA y una reducción de la capacidad de compra de las personas ante el incremento del IVA, ejercerá fuertes presiones sobre la situación financiera de las empresas y de los consumidores que recibirán el traslado de los impuestos alzados en la compra de productos o servicios. Ante un panorama de baja actividad económica nacional e internacional, probablemente tendrá efectos en los niveles de contratación y expansión de las empresas nacionales, con sus consecuencias sobre los niveles de empleo y producción.

Crisis financiera del Estado e incremento presupuestario. Las autoridades gubernamentales han enfatizado mucho sobre la importancia de los ingresos generados por las reformas tributarias como condición necesaria para mantener la estabilidad macroeconómica del país. No obstante, pareciera contradictorio que paralelo a esto, el mismo Ministerio de Finanzas Públicas solicite una ampliación presupuestaria por más de Q2 mil millones, y que ésta sea aprobada por el Congreso de la República.

Tomando en consideración las reformas presupuestarias aprobadas, el déficit fiscal al finalizar el año se estima en 2.5% de PIB, incrementando de este modo un punto respecto el déficit aprobado para este año.

   

 
 



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