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JOSE
CECILIO DEL VALLE
Fue
auditor de guerra y editor de "El Amigo de la
Patria". Se inclinó por la independencia, pero
con el criterio de solicitar previamente la opinión de las
provincias. Fue el redactor del Acta de Independencia y el
que le hizo más enmiendas. Fue diputado en el Congreso de México
y representante de la Asamblea Nacional Constituyente en
1823.
PRESIDENTE
DEL GOBIERNO FEDERAL DE C.A.
(20 de Octubre de 1824 A: 26 de Abril de 1825)
Nació en la
ciudad de Choluteca, Honduras, ciudad del Pacífico, el 22
de noviembre de 1780. Su padre fue don José Antonio del
Valle y doña Gertrudis Díaz. Sus primeros estudios los
hizo en la Escuela Belén, en la ciudad de Guatemala, e hizo
estudios de Filosofía, Derecho Civil y Canónico en la
Universidad de San Carlos de Guatemala. Posteriormente, el 1
de septiembre de 1803, hizo el juramento acostumbrado para
recibir el título de abogado. Por su dedicación al estudio
se le conocía como "EL SABIO VALLE"
En 1812
contrajo matrimonio con la señorita Josefa Valero. Entre
algunos de los cargos que se le atribuyen estan los de
Diputado Interino de la Comisión Gubernativa de Consolidación
en 1805; defensor de Obras Pías y censor de la Gaceta de la
ciudad de Guatemala; Asesor del Consulado de Guatemala en
febrero de 1806; Fiscal del Juzgado de los Reales Cuerpos de
Artillería e Ingeniería del Reino; en 1809 toma posesión
del cargo de diputado de la Junta Central de Provincia.
El 15 de
Septiembre de 1821 redactó el Acta de Independencia, no
dejando claras las ideas de una independencia definitiva y
absoluta, sino simplemente una separación de la Corona Española.
Fué quien
redactó el Decreto del 4 de Julio de 1829, impidiendo la
pena de muerte a las personas que habían desempeñado altos
cargos en el gobierno anterior.
Murió en el
camino que conduce de la finca "La Concepción"
a la capital donde lo llevaban para su curación, porque iba
muy enfermo, pero cerca de la finca "El Corral de
Piedra" expiró el 2 de marzo de 1834. El
gobierno, al igual que en el Salvador, dispuso que todos los
empleados vistieran de luto durante tres días; la Asamblea
decretó que durante tres días doblaran las campanas.
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