Lic. Carlos Contreras Solorzano - Ministro de Trabajo y Previsión Social
El Ministro de Trabajo y Previsión Social es miembro del Gabinete del Gobierno de la República. Su labor esencial la constituye la planificación, orientación, dirección y ejecución de la política laboral del país, con la colaboración de los distintos servicios y funcionarios de la rama administrativa de trabajo.Actividades que desarrolla
El Ministro de Trabajo y Previsión Social es miembro del Gabinete del Gobierno de la República. Su labor esencial la constituye la planificación, orientación, dirección y ejecución de la política laboral del país, con la colaboración de los distintos servicios y funcionarios de la rama administrativa de trabajo.
Es la autoridad superior del Ministerio, ejerce jurisdicción en toda la República y desempeña funciones permanentes sobre las dependencias, oficinas, funcionarios y empleados.
Disposiciones legales que le rigen
1. Constitución de la República
2. Código de Trabajo; y
3. Reglamentos de Trabajo y Previsión Social
Funciones principales
1. Velar por el cumplimiento de las funciones que específicamente asigna al Ministerio de Trabajo y Previsión Social el Decreto 114-97 del Congreso de la República.
2. Refrendar los decretos, acuerdos gubernativos y reglamentos dictados por el Presidente de la República.
3. Ser Jefe del Ramo de la Administración que le está enco¬mendado, bajo la inmediata dependencia del
4. Presidente de la República
5. Ser órgano de comunicación del Presidente de la República con los demás funcionarios y empleados del Ramo.
6. Supervisar y procurar el buen funcionamiento de las actividades del Ramo;
7. Resolver los asuntos de su Ramo y revisar Jerárquicamente los actos y resoluciones de los demás funcionarios y empleados dentro de su esfera.
8. Firmar la correspondencia que se dirija a los Presidentes de los organismos de Estado, a los Ministros de Estado, así como la que por su importancia lo amerite.
9. Refrendar los nombramientos de los empleados del Ramo y nombrarlos directamente cuando la ley le faculte para ello. (Véase estructura orgánica del Ministerio de Trabajo y Previsión Social).
10. Corresponde al Ministro, asimismo, la supervisión de las labores de la Oficina de Registro y Trámite Presupuestal y del Departamento de Relaciones Públicas.
Fuente: Ministerio de Trabajo y Previsión Social
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